Normativa

El incumplimiento de la normativa en seguridad y salud en el trabajo genera multas y sanciones que van desde los 3 a 20 SBU e incluso la suspensión de actividades y/o cierre del establecimiento (artículo 436 del Código de Trabajo).

Código del trabajo Art. 410

Los empleadores están obligados a asegurar a sus trabajadores condiciones de trabajo que no presenten peligro para su salud o su vida. Los trabajadores están obligados a acatar las medidas de prevención, seguridad e higiene determinadas en los reglamentos y facilitadas por el empleador. Su omisión constituye justa causa para la terminación del contrato de trabajo.

Mediante Decreto Ejecutivo No. 255 se expidió el reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, el cuál genera nueva normativa en materia

A continuación, esta normativa:

Reglamento de Seguridad y Salud de los trabajadores (Decreto Ejecutivo No. 255).
Normas generales para el cumplimiento y control de las obligaciones laborales de los empleadores públicos y privados en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (Acuerdo Ministerial Nro. 196).
Anexo 1: Lista de verificación de obligaciones laborales en seguridad y salud en el trabajo
Anexo 2: Tabla de Clasificación de nivel de riesgo de las actividades económicas en materia de seguridad y prevención de riesgos laborales.
Anexo 3: Norma técnica de seguridad e higiene del trabajo.